domingo, 14 de febrero de 2016

VIGIA: En el Municipio Alberto Adriani mermado y en agonía el Rio Mucujepe


Según Fundación Kyoto
En el Municipio Alberto Adriani mermado y en agonía el Rio Mucujepe
 
 
*** Corresponde a los Municipios a través de sus órganos y entes ejecutivos, planificar la conservación, mejoramiento y recuperación del patrimonio forestal y no lo hacen***
Nelson Dugarte
Ante la mirada incrédula de los pobladores y visitantes del Municipio Alberto Adriani, se seca el que fue un caudaloso y cristalino río, que para los Tatuy significaba lugar sagrado, destinado a correr la misma suerte de más de 60 afluentes secos hoy al Norte del Estado Mérida, gracias a la mano insensible que empuña la moto sierra y el hacha utilizadas para derribar el bosque húmedo en las partes altas y medias de esta cuenca hidrográfica, bosques que por cierto forman parte del patrimonio forestal nacional.
Asi lo dio a conocer Ing. Agro. Msc. Arnoldo Márquez Presidente de la Fundación Kyoto, esto preocupante dijo “están convirtiendo estos espacios en potreros que en promedio pastorean menos de un animal por hectárea para la producción de leche y carne, haciendo gala de la improductividad e ineficiencia, claro el objetivo principal ha sido el lucro con las maderas nobles que siguen alimentando aserraderos, carpinterías, mueblerías e industria de la construcción, en su mayoría en condición de ilegalidad, sin ningún reparo ni supervisión, seguimiento o control del poder municipal de la Alcaldía Alberto Adriani y Sucre, detalló..
Por omisión alcaldes obvian el art 12 de la ley de Bosques…
Los Señores burgomaestres por omisión o por desconocimiento de la Ley de Tierras, Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, Ley de Aguas, no protegen ni accionan políticas públicas en materia ambiental, como se lo indica el artículo 12 de la Ley de Bosques, “Corresponde a los Municipios a través de sus órganos y entes ejecutivos, planificar la conservación, mejoramiento y recuperación del patrimonio forestal”, aseveró.
 
Donde esta 1% del presupuesto para el fomento de ecosistemas forestales…
Inclusive  señala Marquez que para el cumplimiento de estas competencias, las alcaldías deben incluir en sus presupuestos el 1% del total de ingresos para el fomento de ecosistemas forestales, no hay excusas para no hacerlo, mientras el pueblo continúa con el racionamiento del vital líquido.
Poder popular tiene el deber con art 113 de la Ley de Bosques…
 
Invitamos al Poder Popular de estas jurisdicciones a formar parte de la Red Eco política Andina, como guardabosques que de acuerdo al artículo 113 de la Ley de Bosques “Las Comunidades locales, consejos comunales, indígenas y demás formas de organización social podrán conformar y registrar ante el Ministerio de Ecosocialismo y Aguas las Brigadas de Guardabosques que constituyen cuerpos voluntarios facultados para labores de contraloría social sobre la Gestión Forestal, educación ambiental, promoción de la cultura del Bosque, vigilancia preventiva y denuncia de actividades que perjudiquen el patrimonio forestal de todos los Adrianistas y Sucrenses”, dijo al cierre Arnoldo Márquez.

Un Nuevo estilo de periodismo Objetivo y Veraz