miércoles, 4 de enero de 2017

Luis Loaiza: La Directiva de la AN no la puede nombrar ningún otro poder del Estado

Según el artículo 194 CNRBV
 
 
 
 
Nelson Dugarte
Tal como lo establece nuestra Constitución Nacional en su artículo 219, el primer periodo de las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional comenzará, sin convocatoria previa, el 5 de enero de cada año y en virtud de ello todos los diputados se darán cita en el Hemiciclo para instalar la nueva directiva de conformidad con el artículo 194 de la Constitución que establece que la Asamblea Nacional elegirá de su seno a un Presidente y dos Vicepresidentes. Así como fuera de su seno, a un Secretario y un Subsecretario, todos por un período de un año.
 
Asi lo dejo claro el Parlamentario Merideño ante el Parlasur y AN Luis Loaiza señalo, de manera que la Directiva de la Asamblea Nacional no la puede nombrar ningún otro poder del Estado, ya que es  una facultad exclusiva de la Asamblea Nacional y ya la mayoría parlamentaria tiene previsto que su presidente sea para este año 2017 el Diputado Julio Borges del Partido Primero Justicia, como al l Partido Un Nuevo Tiempo le corresponderá designar al Jefe de la Fracción Parlamentaria de la Unidad, afirmó.
 
 “Esperamos que este año se imponga la razón y el interés nacional en el sentido de que la Asamblea Nacional supere el bloqueo que le impuso ilegalmente durante todo el 2016 el Tribunal Supremo de Justicia y efectivamente se asuma el respeto de la soberanía popular. Lo contrario sería atentar contra el país, dando inicio a un periodo de inestabilidad política que, junto a la grave situación social que enfrenta nuestro pueblo, podría generar graves consecuencias para todos”, dijo al cierre Loaiza.

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