jueves, 2 de noviembre de 2023

Restituido Abraham Hayon como Alcalde del municipio Rangel del estado Bolivariano de Mérida

 Por decisión del 31 de octubre de 2023

 




 

** Fue declarada con lugar la medida cautelar innominada solicitada y, en consecuencia, “ordena al Concejo Municipal del Municipio Rangel (…) abstenerse de realizar cualquier actuación material que limite o impida el ejercicio de las funciones como Alcalde del ciudadano Abraham Hayon Chocrón”

 

(Prensa Alcaldía del Municipio Rangel).-  En horas de la tarde este martes, 31 de octubre de 2023, se dio a conocer la decisión del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al expediente signado con el  LP41-X-2023-000009, el cual declara con lugar la medida cautelar innominada solicitada y , en consecuencia, “ordena al Concejo Municipal del Municipio Rangel (…) abstenerse de realizar cualquier actuación material que limite o impida el ejercicio de las funciones como Alcalde del ciudadano Abraham Hayon Chocrón”.

 

Una historia de marras

 

Como fue del conocimiento de la comunidad del municipio Rangel, del Estado Bolivariano de Mérida y de toda la Nación el pasado 20 de septiembre del 2023, en sesión extraordinaria del Concejo Municipal del Municipio Rangel, se decidió sacar del cargo al Alcalde Abraham Hayon Chocrón, alegando para tal propósito su ausencia absoluta y, haciendo uso írrito del marco legal vigente en la República, nombró el Poder Legislativo Municipal como alcalde encargado a Godelia Ramírez (AD – Ramos Allup).

 

Ante estos hechos el Alcalde Hayon Chocrón, a sabiendas que era un acto inconstitucional y al margen de lo previsto en las normas, activó los mecanismos de Ley y acudió ante el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), previo reconocimiento político, y de hecho, del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las organizaciones políticas con la sola excepción de AD – Ramos Allup, quienes por la vía de Ramón Enrique Guevara y de su brazo legal Gerardo Arismendi fueron los autores intelectuales de este golpe de estado a la institucionalidad del municipio Rangel y, los mismos, han sido denunciados ante los organismos correspondientes.

 

Ahora, indicó el Alcalde Hayon Chocrón, solamente se está a la espera de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia “la cual se hará del conocimiento público al momento de ser conocida la sentencia”.

 

La decisión

 

El Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al expediente signado con el  LP41-X-2023-000009, el cual declara con lugar la medida cautelar innominada solicitada y , en consecuencia, “ordena al Concejo Municipal del Municipio Rangel (…) abstenerse de realizar cualquier actuación material que limite o impida el ejercicio de las funciones como Alcalde del ciudadano Abraham Hayon Chocrón”.

 

Además, señala la sentencia, “se suspenden, mientras dure el proceso judicial, los efectos de los actos emanados del Concejo Municipal del Municipio Rangel del  Estado Bolivariano de Mérida señalados a continuación: 1) Acta de Sesión ordinaria del Concejo Municipal Nº 056 – 2023 de fecha 19 de septiembre donde fue declarada la ausencia absoluta del Alcalde ciudadano Abraham Hayon Chocrón; 2) Oficio 2023/SEP/CMR/0000046, de fecha 21 de septiembre de 2023, suscrita por Godelia del Carmen Ramírez Rangel (…) dirigida al ciudadano Alcalde Abraham Hayon Chocrón en la cual le notifica que ha sido sustituido en el cargo de Alcalde; y, 3) Acta de Sesión ordinaria del Concejo Municipal Nº 057 – 2023 de fecha 20 de septiembre donde fue juramentada alcaldesa encargada la concejal Presidenta del Concejo Municipal la ciudadana Godelia del Carmen Ramírez Rangel (…)”.

 

En consecuencia, reza finalmente la decisión del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al expediente signado con el LP41-X-2023-000009, “se le ordena preventivamente hacer cesar cualquier  intento de apoderamiento del despacho del Alcalde y de realizar cualquier trámite administrativo tendente a disponer de los recursos públicos, o bienes públicos municipales, estando obligados a realizar las sesiones de Cámara Municipal para autorizar previa revisión de la legalidad los gastos de inversiones que sean necesarios para garantizar la prestación de todos y cada uno  de los servicios públicos municipales”.

Un Nuevo estilo de periodismo Objetivo y Veraz