Por funcionarios de
la Policía Municipal
Detenidas
tres adolescentes por robo de celular
Tres adolescentes
fueron detenidas por funcionarios adscritos a la Coordinación de Vigilancia y
Patrullaje del Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Libertador por
estar incursas en el robo de un teléfono celular a otra adolescente.
El suceso se
registró cuando los uniformados se encontraban realizando el recorrido de
patrullaje por el sector de la Avenida Andrés Bello. De inmediato recibieron
una llamada al teléfono del cuadrante 03 asignado por el patrullaje
inteligente, a través del cual el coordinador de la Unidad Educativa Caracciolo
Parra informaba que en las adyacencias de las instalaciones del plantel había
ocurrido un robo y tenían bajo su custodia a las presuntas asaltantes.
Al llegar al sitio
e ingresar se encontraba la presunta víctima, una adolescente quien se
identificó e informó que las jóvenes que estaban en la oficina del Coordinador
le habían robado su teléfono y narró que una de las jóvenes, bajo amenaza de
muerte la agarró del cuello y la sometió con un pedazo de vidrio y le quitó el
teléfono. Otra de las muchachas, embarazada, estaba atrás de ella
coaccionándola y la tercera que vestía con licra azul, camisa roja y zapatos
amarillos estaba en la esquina, en la acera del otro lado de la calle vigilando
el sector.
Las jóvenes de 14,
16 y 18 años de edad no poseían cédula de identidad. La primera de ellas
indicó que había robado para venderlo y comprar comida, por lo que
inmediatamente el teléfono celular fue resguardado como evidencia de interés
criminalística. Esta adolescente portaba un bolso y al revisar dentro del
contenido del mismo fueron encontrados dos pedazos de vidrio, uno trasparente y
el otro color marrón, los cuales fueron tomados como evidencia de interés criminalística
por parte de la funcionario a cargo.
Los funcionarios
procedieron de conformidad a lo establecido en el artículo 654 de la Ley para
la Protección del Niño y del adolescente con las adolescentes de 14 años
de edad y de 16 años de edad y de conformidad a lo establecido en
el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal, le fue leído los
derechos y la causa de su aprehensión a la ciudadana mayor de edad.
Inmediatamente se
notificó a la Fiscal Decima Segunda del Ministerio Publico y a la Fiscal Décimo
Cuarto del Ministerio Publico quienes ordenaron realizar las actuaciones
correspondientes. (Prensa IAPML, LA, CNP 6.548)