Decreto 314 en Gaceta Oficial
que regula a motorizados en Mérida

“La regulación incluye de
lunes a jueves desde las 10 p.m. hasta las 5 a.m. y viernes, sábado y domingo y
feriados desde las 9 p.m. hasta las 5 a.m. no podrán circular motorizados a los
fines de resguardar la integridad física del motorizado y su núcleo familiar”.
Abou Assi dijo que habrá
salvoconductos para las personas motorizadas que trabajan o estudian en horas
nocturnas.