*** El proceso debe llevarse a
cabo con la participación de los ciudadanos,
además de la comprobación fehaciente de que los particulares contratados
gozan de la capacidad para prestar los servicios transferidos con base en lo
previsto por el artículo 184 de la Constitución.
La ONG
PROMEDEHUM, (Promoción Educación Defensa en Derechos Humanos), emitió el
comunicado “Democracia es consulta”, en
el que expresa su preocupación por la intención de la máxima autoridad
municipal de Mérida, de suscribir contratos de sociedad con empresas privadas
para el manejo de los diversos servicios prestados por el ente gubernamental
Según el escrito, en días pasados, el alcalde
Alcides Monsalve mostró su intención de
suscribir un contrato de sociedad con tres
empresas privadas para cogestionar la mayoría de sus competencias
(catastro, cobranzas, ornato, construcción de infraestructura urbana, manejo de
desechos sólidos, formulación de proyectos, demarcación vial,) empleadas en los
artículos 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 56
de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Vale decir, que el acuerdo societario no fue consultado con la
comunidad, la cual se que ve seriamente
afectada por la precaria gestión municipal desde su inicio, cuyos
resultados se han traducido en la flagrante violación del derecho humano a un
ambiente sano dispuesto en el artículo 127 de la Carta Magna, ya que el servicio de recolección de desechos
sólidos es inestable, pues las calles se
encuentran inundadas de basura, consolidándose así, el riesgo inminente de desarrollo de
epidemias a corto y mediano plazo, que no podrían ser paliadas en un contexto
de ausencia de medicamentos.
El comunicado de la Promedehum explica que,
el ornato y embellecimiento urbano es inexistente en las vías principales de la
ciudad, por lo que el tránsito de peatones y de vehículos se ve obstaculizado
por la ausencia de alumbrado público y la presencia de vegetación, escenario
que impide la circulación normal de los ciudadanos. Aunado a ello, el
transporte público se ha convertido en una pesadilla por la falta de unidades.
La
legislación autoriza a los municipios a conducir su gestión de la mejor
manera posible a través de la creación de empresas de economía mixta de acuerdo
a lo dispuesto en los artículos 69 y 70 de la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal, también es cierto que ello debe llevarse a cabo con la participación
de los ciudadanos además de la comprobación fehaciente de que los particulares
contratados gozan de la capacidad de prestar los servicios transferidos con
base en lo previsto por el artículo 184 de la Constitución, requisitos que no
fueron observados por la máxima autoridad municipal al suscribir el cuestionado
contrato de sociedad.